El pasado 20 de octubre le comunicamos al Sr. Rector nuestra opinión sobre el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio de Inspección de la ULL. El Equipo de Gobierno, luego de enviar y reenviar tres borradores con modificaciones y nuevas propuestas, ha decidido apostar por un documento insulso que no ofrece garantías suficientes a los estudiantes. En este sentido, el texto definitivo mantiene, esencialmente, las cinco características generales que señalábamos en nuestro escrito al rector:
1º. El Inspector se pone al servicio del rector y no de la comunidad universitaria.
2º. El Inspector no está subordinado a la Comunidad Autónoma.
3º. Los alumnos carecemos de las suficientes garantías democráticas en tanto que:
a) Estamos supeditados a un reglamento disciplinario aprobado en pleno franquismo (reglamento de 1954).
b) No se nos reconoce la potestad de interactuar con el inspector.
c) No se nos reconoce el derecho de ser asistidos por un representante de nuestro sector durante las comparecencias ante el Inspector.
d) No se nos reconoce el derecho de ser asistidos por un abogado durante las comparecencias ante el Inspector.
4º.Las funciones del Inspector aparecen duplicadas con las de la futura oficina de mediación universitaria.
5º. El Claustro carece de autoridad frente al Inspector.
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