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TEXTO LEÍDO POR EL PORTAVOZ DE AMEC EN LA RUEDA DE PRENSA DEL 7 DE NOVIEMBRE DE 2014
Sentencia del TSJC:
Haz clic para acceder a sentencia-apelacic3b3n-amec-1.pdf
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El pasado lunes 9 de febrero entregamos, nuevamente, en el registro general de la Universidad de La Laguna un escrito solicitando que el Salón de Actos de la Sección de Arquitectura Técnica de la Escuela Politécnica Superior pase a llamarse “Salón de Actos Beatriz Sanfiel”.
Escrito dirigido a Miriam Catalina González Afonso, vicerrectora de Alumnado (pinchar en la imagen para ver en grande)
Nuestra compañera Beatriz Sanfiel, estudiante de arquitectura técnica, fue asesinada por su expareja en 2006, cuando tenía 19 años. Sin embargo, la Universidad de La Laguna hizo caso omiso a nuestra petición el día 27 de noviembre, día contra la Violencia de Género, permaneciendo impasible a las lacras sociales como el acoso y la violencia machista.
Seguiremos a la espera de una respuesta por parte del rectorado para rendir homenaje, como es debido, a nuestra compañera asesinada, víctima de la violencia de género.
En días pasados, dejamos constancia de una de las propuestas de resolución aprobadas por el Claustro de la ULL: El Claustro de la ULL insta al rector Doménech a disculparse con los miembros de AMEC que fueron expedientados. Sin duda, la aprobación de esta propuesta evidencia el momento de crisis política que vive el rector Eduardo Doménech, ahora que finaliza su mandato. Pero esta no fue la única propuesta presentada por el grupo estudiantil que consiguió la aprobación del Claustro. De esta forma, el 28 de enero, la Asamblea del Movimiento Estudiantil Canario (AMEC) consiguió que el Claustro de la ULL respaldará una buena parte de las 36 Propuestas de Resolución presentadas por el grupo (AMEC presentó más de la mitad de las 68 propuestas elevadas al Claustro ese día para ser debatidas y votadas). De esas 36 propuestas, AMEC consiguió el voto favorable para 18. Aunque es importante señalar que una Propuesta de Resolución no va más allá, en la mayoría de los casos, de un simple “instar al rector”. Es decir, las propuestas aprobadas no tienen carácter “ejecutivo”. Es el rector, en este caso Eduardo Doménech Martínez, el que debe poner en marcha la ejecución de lo que le propone este órgano de gobierno. En todo caso, el voto mayoritario del Claustro es un primer paso que debe ser tenido muy en cuenta.
Propuestas empatadas en número de votos:
Antes de ofrecerles un listado de las propuestas aprobadas, deseamos hacer hincapié en dos propuestas que tuvieron el mismo número de votos:
Propuesta de Resolución Nº. 8: “El Claustro de la Universidad de La Laguna insta al rector a que ponga en marcha los mecanismos que sean oportunas para que se deje de aplicar en la ULL el reglamento de Disciplina Académica de 1954”.
Propuesta de Resolución Nº. 30: “El Claustro de la Universidad de La Laguna insta al rector a tomar las medidas necesarias que permitan el acondicionamiento de todos los accesos a la Residencia Universitaria Parque de las Islas. En este sentido, se deberá terminar de pavimentar la pista que transcurre por uno de los laterales del centro. Dotándola, asimismo, de iluminación”.
El Reglamento del Claustro, en su artículo 56, especifica que “los empates serán dirimidos por el voto del Presidente”. Es decir, Eduardo Doménech decidía con su voto de calidad si la propuesta Nº 8 y la Nº 30 se aprobaban o no. Doménech votó en contra de las dos propuestas. El rector, el presidente del Claustro, se posicionó en contra de dejar de utilizar en la ULL el Reglamento Disciplinario (FASCISTA) del 54, y votó en contra del acondicionamientos de los accesos a la Residencia Universitaria Parque de las Islas.
Luego de señalar estas importantes cuestiones, les ofrecemos las propuestas de AMEC que resultaron aprobadas el 28 de enero:
PR03: “El Claustro de la Universidad de La Laguna insta al rector a tomar las medidas oportunas que permitan una mejora de la calidad de la docencia en los nuevos títulos de grado y postgrado”.
PR04: “El Claustro de la Universidad de La Laguna insta al rector a tomar las medidas que sean oportunas para que la docencia y la evaluación se ajusten a las guías docentes.
PR06: “El Claustro de la ULL insta al rector a poner en marcha los mecanismos que sean necesarios para garantizar que las asignaturas de Trabajo Fin de Grado (TFG) de todas las titulaciones se realicen con normalidad”.
PR09: “El Claustro de la Universidad de La Laguna insta al rector a poner en marcha una comisión de trabajo que desarrolle un código deontológico que regule la relación entre el docente y el estudiante”
PR12: “El Claustro de la Universidad de La Laguna insta al rector a tomar las medidas oportunas para que todas las cafeterías y comedores pertenecientes a la ULL oferten alimentos y menús saludables. Asimismo, se propone la revisión de dichos menús por parte de un nutricionista”.
PR15: “El Claustro de la Universidad de La Laguna insta al rector a tomar las medidas oportunas para mejorar y potenciar el Circuito Universitario de transporte”
PR20: “El Claustro de la Universidad de La Laguna insta al rector a tomar las medidas oportunas para que en los periodos de exámenes se abran todas las salas de estudio que sean necesarias, evitando de esta forma la saturación de estos espacios”.
PR21: “El Claustro de la Universidad de La Laguna insta al rector a tomar las medidas oportunas para la renovación y reparación del mobiliario (sillas, mesas y otros), así como el acondicionamiento de las mismas en todas las aulas, laboratorios y salas de estudio de la Universidad”.
PR23: “El Claustro de la Universidad de La Laguna insta al rector a tomar las medidas oportunas para le mejora y refuerzo de los servicios de limpieza, prestando especial atención a los baños y las salas de estudio”.
PR24: “El Claustro de la Universidad de La Laguna insta al rector a ampliar la cobertura wifi en todos los centros y campus de la ULL”.
PR25: “El Claustro de la Universidad de La Laguna insta al rector a tomar las medidas oportunas para la eliminación de los riesgos relacionados con las fibras de amianto”.
PR26: “El Claustro de la Universidad de La Laguna insta al rector a tomar las medidas oportunas para que se realice un censo de los desperfectos en las instalaciones y, en este sentido, promover la recuperación de los espacios e inmuebles de la ULL dañados”.
PR29: “El Claustro de la Universidad de La Laguna insta al rector a tomar todas las medidas necesarias que permitan la mejora y el acondicionamiento de las infraestructuras del Campus de Anchieta”.
PR33: “El Claustro de la Universidad de La Laguna insta al rector a disculparse institucionalmente con los alumnos y alumnas que, formando parte de la Asamblea del Movimiento Estudiantil Canario (AMEC), fueron expedientados y sancionados (aunque dichas sanciones fueron suspendidas por un tribunal y no se pudieron aplicar)”.
PR34: “El Claustro de la Universidad de La Laguna insta al rector a maximizar las ayudas destinadas a corregir las desigualdades económicas entre los estudiantes”.
PR35: “El Claustro de la Universidad de La Laguna insta al rector a que se tomen las medidas oportunas para que las ayudas asistenciales no requieran del pago previo de la matrícula por parte del alumno al que se le han concedido tales ayudas”.
PR36: “El Claustro de la ULL insta al rector a poner en marcha una comisión formada por representantes de la comunidad universitaria que, debidamente asesorada, se encargue de revisar las bases de las diferentes convocatorias de beca de la ULL o de entidades que actúan en coordinación con la Universidad”.
PR37: “El Claustro de la ULL insta al rector a negociar con la Consejería un marco de financiación estable con las universidades públicas canarias”.
Los alumnos y alumnas de la Asamblea del Movimiento Estudiantil Canario (AMEC) sumaron, el pasado 28 de enero, una nueva victoria en defensa de su honorabilidad. A las dos sentencias judiciales que determinan que su actuación como representantes estudiantiles se ejerció siempre de forma correcta, se suma una resolución claustral en la que se “insta al rector a disculparse institucionalmente con los alumnos y alumnas que, formando parte de la Asamblea del Movimiento Estudiantil Canario (AMEC), fueron expedientados y sancionados (aunque dichas sanciones fueron suspendidas por un tribunal y no se pudieron aplicar)”.
Con esta resolución, el órgano más representativo de la ULL considera indispensable un resarcimiento moral para los miembros de AMEC. Para el Claustro, el rector debe asumir su responsabilidad por el expediente disciplinario que sufrieron los alumnos. La persecución que padecieron los miembros de AMEC fue una injusticia, tal y como evidencian dos sentencias judiciales (la última, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, inapelable).
Publicación de las sentencias judiciales
En esa misma sesión del Claustro se aprobó una resolución que instaba a publicar las sentencias del caso AMEC/DOMÉNECH:
El Claustro de la Universidad de La Laguna insta al Sr. Rector a que, de forma inmediata y durante al menos 1 mes, haga pública en la web de la ULL, en su portada primera y principal, un enlace a las sentencias judiciales habidas en el “caso AMEC”.
Por lo pronto, la ULL ha publicado una de las sentencias, pero sin darle demasiada publicidad. En enlace remite a una página donde se encuentran tres sentencias, siendo solo una de ellas la correspondiente al expediente disciplinario sufrido por los alumnos.
El gobierno de Eduardo Doménech Martínez llega a su fin
Estas resoluciones claustrales evidencian el momento en el que se encuentra el gobierno del rector Doménech. El desgaste y la pérdida de apoyos ya no pueden ser ocultados. El gobierno de Eduardo Doménech Martínez llega a su fin. Aunque estos años de «malgobierno» no deben quedar en el olvido, el Movimiento Estudiantil Canario tiene la obligación de recordar al peor rector de la historia de la Universidad de La Laguna. Como ya apuntaba AMEC en su intervención del 28 de enero:
Hay que despertar, señor rector, hay que despertar en la realidad, en su realidad, en la realidad que nos ha impuesto por decreto. Esta Universidad alejada de la sociedad, contradictoria, decadente. Esta Universidad abocada a la ruina, a la ruina ideológica y material, esta es su Universidad. Y no puede mirara para otro lado, estos ocho años son suyos, estos ocho años le pertenecen
«Hay que despertar, señor rector, hay que despertar en la realidad, en su realidad, en la realidad que nos ha impuesto por decreto. Esta Universidad alejada de la sociedad, contradictoria, decadente. Esta Universidad abocada a la ruina, a la ruina ideológica y material, esta es su Universidad. Y no puede mirara para otro lado, estos ocho años son suyos, estos ocho años le pertenecen. Y si tenemos problemas de infraestructuras, es culpa de usted, de su gestión: no fue eficiente. Y si la adaptación al Plan Bolonia ha sido un desastre, ha sido culpa de usted. Si no se cumplen los Estatutos, por más que usted maldiga esos Estatutos, es por su culpa, señor rector. Si las guías docentes causan risa al profesorado de la ULL (y se las pasan por donde les venga en gana), le garantizo que es culpa de usted. Y si el sistema de matrícula online se cae, ¿sabe de quién es la culpa? De usted, señor rector. Si no hay profesores para los Trabajos de Fin de Grado, la culpa es de usted. La culpa es de aquellos que montaron un modelo de titulación de grado sin tener en cuenta los recursos, los recursos humanos y materiales. Sí, es su culpa, ha sido su equipo, han sido las personas que usted seleccionó y que usted ha dirigido a lo largo de todos estos años».
Artículos que se deben tener en cuenta de forma particular:
Artículo 6. Interposición de la impugnación de las calificaciones de convocatorias oficiales
En caso de disconformidad con las calificaciones definitivas de convocatorias oficiales, el estudiante podrá impugnarlas en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la publicación de las actas, mediante escrito motivado presentado en la Secretaría del Centro y dirigido al Decano o Director del mismo, quien dará traslado a la Comisión de Ordenación Docente del Centro para que resuelva sobre la conveniencia de remitir la reclamación al Presidente del Tribunal nombrado al efecto. No será considerado día hábil el sábado a los efectos de este artículo.
Artículo 7. Composición del Tribunal de Revisión
Artículo 8. Incompatibilidades
No podrá formar parte del Tribunal el profesor o profesores responsables de la calificación impugnada. A tal efecto, los miembros del Tribunal estarán sujetos a los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que recogen las figuras de abstención y recusación.
Artículo 9. Procedimiento ante el Tribunal de Revisión
Artículo 10. Criterios de resolución del Tribunal de Revisión
Artículo 11. Recurso contra la resolución del Tribunal de Revisión
La resolución del Tribunal podrá ser recurrida en alzada ante el Rector de acuerdo con lo establecido en los Estatutos de la Universidad de La Laguna y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
***
A tener muy en cuenta el Capítulo III del Reglamento:
Capítulo III. Conservación de pruebas y exámenes
Artículo 12. Deber de conservación de pruebas y exámenes
Para consultar el reglamento: REGLAMENTO DE REVISIÓN E IMPUGNACIÓN DE CALIFICACIONES Y RECTIFICACIÓN DE ACTAS
Aprovechamos para informar que la ULL tiene la intención de modificar el Reglamento. En el siguiente enlace pueden ver el borrador de la nueva propuesta de REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN, REVISIÓN E IMPUGNACIÓN DE CALIFICACIONES, Y RECTIFICACIÓN DE ACTAS DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA
AMEC entiende que el Gobierno español debe dar una respuesta favorable a la petición de asilo para el activista saharaui Hassanna Aalía
La Asamblea del Movimiento Estudiantil Canario (AMEC) trasmite toda su solidaridad con los activistas canarios que se encuentran en estos momentos en la T4 de Madrid Barajas realizando una huelga de hambre en apoyo a Hassanna Aalía, a quien el gobierno español le deniega el asilo político.
AMEC entiende que el Gobierno español debe dar una respuesta favorable a la petición de asilo para el activista saharaui, ya que el proceso en el cual fue condenado a cadena perpetua presenta innumerables irregularidades. Recordamos que Hassanna es uno de los 25 saharauis condenados tras el asalto del Ejército marroquí al campamento de Gdeim Izik.