Principales novedades que ofrece el Reglamento de Evaluación y Calificación de la ULL (texto extraído de la circular emitida desde la Secretaría General de la ULL) :
– En virtud de lo dispuesto en su Disposición Adicional, las reglas introducidas en las guías docentes que resulten perjudiciales para los estudiantes y que no cuenten con apoyo jurídico ni en la memoria del verifica ni en el presente reglamento se entenderán no puestas y no resultarán aplicables.
– Solo en aquellos casos en los que las guías docentes incluyan sistemas de evaluación que vayan en contra del presente reglamento en aspectos diferentes a los señalados en el apartado anterior, estas deberán ser modificadas y aprobadas nuevamente.
– De acuerdo con el artículo 6.5, los estudiantes deben conocer los resultados de las distintas actividades que forman parte de la evaluación continua de manera paulatina, a medida que se van realizando.
– En el artículo 9.6 se tasan una serie de supuestos en los que los profesores tienen que fijar nueva fecha de examen final para sus estudiantes: por fallecimiento de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad acaecido en los seis días previos a la fecha programada para la realización de la prueba, por tener que personarse por las obligaciones legalmente establecidas ante instancias externas a la Universidad, por participación en actividades deportivas de carácter oficial como deportista de élite o alto rendimiento o en representación de la Página 2 de 2 Universidad de La Laguna, y, finalmente, en caso de ingreso hospitalario o intervención quirúrgica que le impidiera la asistencia a la prueba programada.
– Según establece el artículo 10.6, el estudiante que no conste en acta podrá presentarse al examen, pero su evaluación (la comunicación de su resultado) queda pendiente hasta que se subsanen los problemas administrativos que determinaron su exclusión del acta en esa convocatoria.
– De acuerdo con el artículo 13, el profesorado habrá de conservar los soportes materiales de pruebas, exámenes, trabajos o prácticas de todas las actividades evaluables en las que se hayan basado las calificaciones hasta la finalización del curso académico siguiente.
– De acuerdo con el artículo 23, el recurso de alzada ante el Rector podrá ser interpuesto por los estudiantes con interés legítimo en el procedimiento.
Texto completo del Reglamento de Evaluación y Calificación de la Universidad de La Laguna