El Reglamento de Evaluación pasará mañana, martes 22, por el Consejo de Gobierno
El Reglamento de Evaluación y Calificación ha sufrido numerosos cambios desde su concepción. En su inicio se nos entregó un borrador a los grupos representantes del alumnado (BORRADOR DEL REGLAMENTO DE EVALUACIÓN). Este documento fue trabajado en dos reuniones con el Vicerrector de estudiantes, en las cuales se aprobaron todas las propuestas presentadas por AMEC.
Tras estas reuniones se lleva a cabo la primera reunión de la Comisión Delegada de Estudiantes, donde conseguimos mantener todas las reivindicaciones del alumnado. Días más tarde, en una Comisión técnica, en la cual no hubo participación estudiantil, se retiraron del documento todas las propuestas añadidas inicialmente, a excepción de los cambios en los artículos 12.2, 14.2, 17.3 y 17.4.
El nuevo borrador que sale de esta reunión es discutido en dos comisiones que tienen lugar el mismo día, una de Docencia y la segunda de Estudiantes. En estas reuniones, se consiguen volver a incluir en el Reglamento las propuestas presentadas anteriormente, algunas con modificaciones (artículos 10.6 y 16), a excepción del artículo 17.5.
Importante: la propuesta de Reglamento de Evaluación que se quiere aprobar mañana ha vuelto a ser modificada en algunas cuestiones importantes (Propuesta de Reglamento de evaluación y calificación):
- No aseguran que haya un sistema de evaluación alternativo a la evaluación continua. (Art. 6.3)
- Perdemos el carácter progresivo a la hora de conocer las notas de la evaluación continua. (Art. 6.5)
- Quitan la coincidencia de exámenes de distintos cursos como causa para cambiar el examen final de la asignatura. (Art. 9.6)
- Eliminan la posibilidad de grabar los exámenes orales. (Art. 13)
Mañana trataremos de conseguir que se vuelvan a incluir estas cuestiones en el documento.
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Resumen del trabajo realizado para modificar el Reglamento de Evaluación (pincha en las imágenes):
PROPUESTAS PRESENTADAS POR AMEC PARA MODIFICAR EL BORRADOR DEL REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN:
Artículo 6.4: Corrección progresiva de las actividades de la evaluación continua.
Artículo 10.6: Tasar las circunstancias en las que el profesorado podrá fijar una nueva fecha de examen a un alumno o alumna en particular. Se modifican algunas de las tasaciones en las cuales puede haber un cambio de fecha.
Artículo 11.1: Permitir al alumno realizar el examen y que este acredite su identidad el primer día lectivo posterior al examen.
Artículo 12: Incluir a los y las estudiantes con otros problemas que no sean considerados como discapacidad.
Artículo 14.1: Posibilidad de grabar los exámenes orales.
Artículo 16: Un espacio mayor a 5 días respecto a los exámenes para la revisión. Esta fecha ha de fijarse con respecto al inicio del periodo de exámenes, no del examen de la asignatura. Esta propuesta se aprobó modificada, quedando fijada como fecha límite el último día lectivo de la asignatura.
Artículo 17.3: Especificar que se pueda ir acompañado a la revisión y que no se elimine la posibilidad de dejar las puertas abiertas durante la revisión a petición del estudiante.
Artículo 17.4: Cumplimiento de los plazos de revisión de examen aunque existan problemas con la fecha límite de entrega de actas.
Artículo 26: Aumento a cinco días para reclamar las modificaciones de actas en perjuicio del alumnado.